Estará integrado por 15 miembros elegidos por voto directo de todos los trabajadores de la Educación Primaria, docentes y no docentes (Art.2), que integren los padrones de socios de las entidades afiliadas, por lista y programa.
Compete al Secretariado Ejecutivo Nacional:
- Coordinar la labor de la Institución de acuerdo a las resoluciones del Congreso y de la mesa Representativa Federal.
- Dar cumplimiento a las tareas que le asignen el Congreso o la Mesa Representativa Federal.
- Nominar y reglamentar el funcionamiento de las Comisiones.
- Someter a consideración de la MRF y del Congreso el Balance y Memoria del período.
- Aprobar los planes de trabajo de las Comisiones.
- Organizar y administrar los bienes de la Institución.
- Tendrá carácter resolutivo sólo en los casos de emergencia, cuando no medien plazos de consulta y cuando no involucre la orientación de la política sindical. La resolución deberá contar con 10 votos conformes del Secretariado Ejecutivo nacional. La próxima MRF ratificará o rectificará la resolución.
- Nombrar o destituir los empleados.
- Asumirá la Representación de la Federación ante organismos nacionales e internacionales.
- Convocar a las MRF ordinarias y extraordinarias de acuerdo al Art.16.
- Proyectar el presupuesto anual de la Federación.
- Art.27. Para sesionar el Secretariado Ejecutivo Nacional requerirá un quórum mínimo de 9 miembros.