Autor: Laura Pereira, Mónica Fleitas
Concepto: Desde una Educación en Valores se plantea el tratamiento de temáticas como la no discriminación, la presencia y el ejercicio de derechos, la aceptación del otro aunque sea diferente, tolerancia, diálogo y respeto.
Revista Nº 101
Junio de 2010
Autor: Nelly Ruocco
Concepto: Hoy son muchas las propuestas de movimiento corporal que intentan formar parte del programa escolar. Lo esencial es que, en la escuela, el cuerpo sea considerado en términos de comunicación, creatividad, respeto y salud.
Revista Nº 93
Febrero de 2009
Autor: Liliam Vlaeminck
Concepto: Uno de los propósitos de este trabajo es favorecer el desarrollo de roles sexuales en un marco de valores basados en los derechos humanos, que propicie relaciones de respeto y equidad entre las personas, superando toda discriminación de género.
Revista Nº 93
Febrero de 2009
Autor: María Inés Copello, Ana Victoria Cuesta, Juan José Dimuro
Concepto: La situación actual del mundo reclama la construcción colectiva de nuevas formas de sentir, pensar y actuar, que posibiliten a todas y todos, en este planeta, alcanzar una vida digna en un entorno sostenible. El campo de la Educación Ambiental, todavía muy nuevo, prevé un compromiso colectivo. También lo supone la reflexión acerca de la pluralidad cultural; buceando en nuestro pasado podemos estimular la adopción de posturas de respeto y valorización del diferente.
Revista Nº 87
Febrero de 2008
Autor: Marcel Achkar, Ana Dominguez Fernando Pesce
Concepto: Reflexiones sobre la estructura energética de nuestro país y sus principales niveles de vulnerabilidad, muestran un escenario que debe incluir soberanía, justicia social, gestión democrática y participativa, equidad, responsabilidad social y respeto por los valores culturales locales, para que sea sustentable.
Revista Nº 91
Octubre de 2008
Autor: Grupo de talleristas
Concepto: Descripción de un proyecto a través del cual se buscó potenciar actitudes científicas como la curiosidad, la valoración de los resultados, la flexibilidad, la reflexión crítica y el respeto a los seres vivos y al ambiente.
Revista Nº 99
febrero de 2010
Autor: Mariana Blengio Valdés
Concepto: Los derechos del niño son el corolario del respeto a su propia dignidad. Son muchas las normas que se han adoptado para proteger a los menores de edad en sus derechos. Sin embargo, el mero esfuerzo legislativo no es suficiente. La norma no se cumple, si no existe una conciencia cívica a favor de su observación. Por ello es fundamental la acción de la familia y del Estado. Esto último supone el trazado de una política pública que jerarquice el rol del maestro como sujeto clave del desarrollo del niño como sujeto de derecho.
Revista Nº 99
Febrero de 2010
Montevideo, 31 de mayo de 2019.
En el día de la fecha el Congreso resolvió y aprobó modificar el Estatuto de la Federación Uruguaya de Magisterio y Trabajadores de la Educación Primaria de la República Oriental del Uruguay (FUM-TEP) de acuerdo a las mociones presentadas.
El mismo queda redactado de la siguiente manera:
Créase la Federación Uruguaya de Magisterio y Trabajadores de Educación Primaria de la República Oriental del Uruguay, en adelante FUM-TEP, con sede en la ciudad de Montevideo.
Esta Institución estará integrada por las asociaciones de profesionales de la Educación Primaria (docentes) y por las asociaciones de trabajadores de la Educación Primaria de todo el país, las que deberán contar con personería jurídica vigente.
Se consideran docentes, a todos los maestros titulados y profesores especiales en relación a determinadas materias.
A nivel Departamental, los funcionarios no docentes del Consejo de Educación Primaria que integren los padrones sociales de las asociaciones afiliadas, podrán integrar las Asociaciones de maestros o la Asociación de Funcionarios de Primaria (AFUPRIM), dependiendo de su voluntad y/o del número existente de funcionarios en cada departamento, pero en todos los casos estarán integrados a sólo una de las instituciones.
Los trabajadores asociados a las entidades afiliadas a la FUM-TEP, deberán en todos los casos ser socios contribuyentes.
Las instituciones afiliadas a la FUM-TEP, organizadas dentro de cada Departamento según la forma que lo establezcan sus Estatutos internos, deberán someterse al presente Estatuto, no pudiendo en ningún caso contrariar los fines de la Institución nacional, tendiéndose a que cada departamento sea representado por una única institución. La afiliación deberá regirse de acuerdo a la organización departamental en vigencia.
Cada trabajador asociado a las instituciones afiliadas, podrá formar parte sólo de una de éstas, y a estos efectos, las asociaciones deberán informar regularmente a la Secretaría de la Federación, el movimiento de sus asociados. Dicha Secretaría informará a su vez a las filiales, los casos de doble afiliación registradas, el cual resultará del fichero nacional, para que el socio opte por una de las instituciones.
En caso de no hacerlo, no se lo computará en ninguna, a los efectos de integrar los diferentes órganos de la Federación establecidos en los artículos 6 y 22 del presente Estatuto, así como tampoco podrán ser electores de los órganos elegidos por voto directo de los trabajadores asociados (Art. 22).
Para poder gozar la calidad de afiliado a la Federación Uruguaya del Magisterio y Trabajadores de Educación Primaria, cada Asociación deberá contar con un número de socios no menor de 40 que paguen la contribución mensual.
Esta exigencia debe cumplirse desde el momento de la afiliación, la que será válida si la aprueba la Mesa Representativa Federal por mayoría.
Si alguna de las asociaciones ya afiliadas no llegara a contar con el mínimo de socios, dispondrá de un plazo de dos años (2 años) para ponerse en condiciones estatutarias.
1. Representar a los trabajadores de la Educación Primaria agremiados en esta Federación, defender sus derechos y sus organizaciones gremiales.
2. Expresarse en la vida nacional solidariamente a través de los mecanismos de la democracia sindical, sobre la base del pluralismo y la más amplia participación, asumiendo el compromiso de hacer efectivas las resoluciones sindicales.
3. Reclamar la vigencia de los principios varelianos de una educación popular, democrática, gratuita, laica y obligatoria, bregando por su permanente actualización de acuerdo a la etapa histórico-social que se vive y que esté orientada a todo integrante de la sociedad durante toda su vida.
4. Impulsar un desarrollo político social hacia el pleno ejercicio de la libertad, de la justicia social y el mejoramiento de la calidad de vida de todos los habitantes del país y luchar por una auténtica democratización de la educación.
5. Producir las modificaciones necesarias para una mayor eficacia y racionalidad del sistema, de modo que incorpore de manera real y efectiva al conjunto de la sociedad.
6. Asegurar el contenido y la forma del sistema de educación mediante la preservación permanente de la autonomía técnica, financiera y administrativa y luchar por la conquista y defensa de la autonomía de gobierno como su garantía de existencia.
7. Promover una educación que tienda a poner el patrimonio cultural de la humanidad a disposición del conjunto de la sociedad y que esté al servicio de la liberación nacional y personal.
8. Ejercer la defensa intransigente de la pureza de la carrera docente sobre la base del título habilitante surgido de cursos de adecuado nivel y el procedimiento del concurso como única vía legítima de ingreso a los cargos docentes y no docentes.
9. Impulsar la formación científica del docente para mejorar la calidad de la Educación y jerarquizar la labor educativa.
10. Lograr una educación diferenciada que trate de cubrir las necesidades de los distintos medios socio-económicos del país y sobre todo preste atención a los medios más carenciados.
11. Promover una educación orientada a la compresión y conocimiento de la realidad nacional como contribución a una legítima toma de conciencia de nuestro destino independiente en el ámbito de América Latina y del mundo.
12. Contribuir al desarrollo del espíritu de comprensión y solidaridad entre todos los pueblos de América Latina y el mundo que coadyuve
• El fortalecimiento de los vínculos, el respeto y la fraternidad entre los pueblos. • La preservación del principio de autodeterminación de los pueblos.
• La vigencia irrestricta de los derechos humanos.
• La defensa de la paz mundial.
Las autoridades estarán constituidas por:
• El Congreso
• La Mesa Representativa Federal
• El Secretariado Ejecutivo Nacional
El Congreso será la autoridad máxima y estará integrado por asociados con voz y voto que designen las
instituciones afiliadas y los miembros del SEN participaran con voto.
Para determinar la representación de cada Institución se aplicará el criterio de coeficiente que se detalla:
• 2 delegados hasta 80 afiliados
• 3 delegados hasta 120 afiliados
• 4 delegados hasta 170 afiliados
• 5 delegados hasta 230 afiliados
• 6 delegados hasta 300 afiliados
Y luego se gana un congresal cada 80 cotizantes hasta 1100, entre 1101 y 2000 se gana 1 cada 100, entre 2001 y 3000 se gana 1 cada 125 cotizantes.
De 3001 a 4000 – 1 delegado cada 155
De 4001 a 5000- 1 delegado cada 190
De 5001 a 6000 – 1 delegado cada 230
De 6001 a 7000- 1 delegado cada 275
De 7001 a 8000- 1 delegado cada 325
De 8001 a 9000 – 1 delegado cada 380
De 9001 a 10000- 1 delegado cada 440
Participarán como observadores:
• Cualquier afiliado a alguna de las filiales de la FUM-TEP.
• Otros expresamente autorizados por el Congreso por simple mayoría
El Congreso se reunirá:
• Ordinariamente una vez cada tres años dentro de los dos meses posteriores a las elecciones y tendrá la sede que determine la MRF.
• Extraordinariamente por convocatoria de la Mesa Representativa Federal
• Es un órgano resolutivo
• Aprobará la Plataforma, el Reglamento, la Memoria y Balance de la FUMTEP. • Fijará las líneas de trabajo.
• Reformará los estatutos cada vez que lo considere necesario.
• Juzgará la actuación de la Mesa Representativa Federal y del Secretariado Ejecutivo Nacional. • Juzgará la actuación de las instituciones afiliadas en todo lo que se refiere al cumplimiento de este estatuto.
• Considerar al Orden del día confeccionado por la Mesa Representativa Federal con los asuntos que propongan las instituciones afiliadas y el Secretariado Ejecutivo y los que el Congreso considere convenientes. El Orden del día figurará en la Convocatoria y deberá ser distribuida con treinta días de anticipación.
• El Congreso podrá incorporar en el Orden del día asuntos urgentes entendiéndose por tales los que decida el Congreso por mayoría especial de dos tercios de presentes.
El Congreso podrá funcionar en primera convocatoria con 2/3 de los delegados habilitados y 2/3 de las filiales; y en segunda convocatoria a las dos horas (si no se logra el quorum anterior) 2/3 de las filiales y la mitad más uno de los delegados habilitados.
En caso de no alcanzarse el quorum en el segundo llamado; los delegados presentes podrán constituirse en Mesa Representativa Federal Extraordinaria quien quedará habilitada a reiterar el segundo llamado o convocar a un nuevo Congreso.
En cualquier situación cada delegado es portador de un solo voto.
Convocatoria.-
El Congreso será convocado, mediante aviso personal y escrito a las instituciones afiliadas, con antelación de por lo menos 30 días a la fecha de realización de aquellas, y con la publicación de un aviso en un periódico local, o en un diario de la ciudad de Montevideo, por lo menos 3 días antes de la celebración del acto convocado. Cuando se trate de reuniones extraordinarias con carácter de urgentes, según lo determinará la Mesa Representativa Federal por mayoría simple, la antelación será de 10 días.
En las citaciones deberá señalarse, la fecha, el lugar, la hora y el orden del día del Congreso, con los puntos a tratar en forma clara y concreta.
El Congreso tratará únicamente aquellos asuntos incluidos en el Orden del Día y los considerados urgentes cuando se resuelva reconocerles ese carácter.
El voto de sus representantes será individual y se tomará resolución por simple mayoría. En caso de empate se reabrirá el debate y si resultara nuevamente empatada la moción se considerará rechazada.
Integración:
Secretariado Ejecutivo Nacional con voz y voto, más delegados de las filiales según número de afiliados; los delegados se calculan de acuerdo a la siguiente relación:
Hasta 170 afiliados- 1 delegado
De 171 a 380 afiliados -2 delegados
De 381 a 620 afiliados- 3 delegados
De 621 a 860 afiliados -4 delegados
De 861 a 1100 afiliados-5 delegados
De 1101 a 1400 afiliados -6 delegados
De 1401 a 1700 afilados- 7 delegados
De 1701 a 2000 afiliados- 8 delegados
De 2001 a 2375 afiliados -9 delegados
De 2376 a 2750 afiliados-10 delegados
De 2751 a 3125 afiliados- 11 delegados
De 3126 a 3500 afiliados- 12 delegados
De 3501 a 3968 afiliados- 13 delegados
De 3969 a 4436 afiliados-14 delegados
De 4437 a 4904 afiliados -15 delegados
De 4905 a 5371 afiliados- 16 delegados
De 5372 a 5839 afiliados- 17 delegados
De 5840 a 6423 afilados- 18 delegados
De 6424 a 7007 afiliados- 19 delegados
De 7008 a 7591 afiliados- 20 delegados
De 7592 a 8175 afiliados- 21 delegados
De 8176 a 8759 afiliados-22 delegados
Periodicidad:
La Mesa Representativa Federal, se reunirá Ordinariamente cada dos meses y podrá ser convocada en forma Extraordinaria por el Secretariado Ejecutivo Nacional o un tercio de las filiales de la Federación.
Podrá sesionar en primera convocatoria con 3/5 de las filiales y mitad más uno de los delegados habilitados.
En segunda convocatoria una hora más tarde, el quorum se logra con mitad más uno de las filiales. En cualquiera de las dos convocatorias debe haber además mitad más uno del Secretariado Ejecutivo nacional para lograr quorum.
Resoluciones:
La Mesa Representativa Federal tomará resoluciones por simple mayoría de votos en forma individual. En caso de empate se reabrirá el debate y si resulta nuevamente empatada, la moción se considerará rechazada.
El voto ponderado se realizará cuando así lo solicite la mayoría absoluta de las filiales presentes, teniendo en cuenta, en este caso, cada filial la totalidad de sus votos.
La MRF será presidida por el Secretariado General de la FUM-TEP.
Compete a la Mesa Representativa Federal:
• Elaborar el plan de Movilizaciones
• Ser el órgano de conducción sindical
• Ser el conductor en conflictos nacionales
• Tratar y resolver todos los asuntos relacionados a la marcha de la Institución, que no sean de jurisdicción del Congreso (Art.11). El orden del día será confeccionado por el Secretariado Ejecutivo Nacional.
• Convocar al Congreso en la fecha y sede que determine y confeccionar el orden del Día de ese organismo según lo dispuesto en el Art. 10.
• Convocar a la Comisión Fiscal
• Aprobar el presupuesto anual de la Institución proyectado por el Secretariado Ejecutivo Nacional, determinar las contribuciones de las entidades afiliadas y establecer las formas de recaudación.
• Resolver sobre los petitorios de afiliación, de acuerdo al Art.4
Integración:
Estará integrado por 15 miembros elegidos por voto directo de todos los trabajadores de la Educación Primaria, docentes y no docentes (Art.2), que integren los padrones de socios de las entidades afiliadas, por lista y programa.
Los asociados integrantes de las listas a votar, deberán haber sido habilitados expresamente y en forma escrita ante la Federación, por sus respectivas asociaciones, a las cuales representarán, con una antelación de 30 días corridos del acto eleccionario.
Los cargos se distribuirán por orden docente y no docente, en forma proporcional a la cantidad de afiliados de cada orden. Votarán todos los funcionarios docentes y no docentes a sus candidatos en ambos órdenes, presentando cada orden una hoja de votación.
Los miembros del Secretariado Ejecutivo Nacional durarán dos años en sus funciones. Art 24:
Los miembros del Secretariado Ejecutivo Nacional tendrán voz y voto en forma individual en la MRF.
Art 25:
Las listas para elegir cargos al secretariado Ejecutivo Nacional estarán confeccionadas con afiliados de Montevideo y del Interior.
Compete al Secretariado Ejecutivo Nacional:
• Coordinar la labor de la Institución de acuerdo a las resoluciones del Congreso y de la mesa Representativa Federal.
• Dar cumplimiento a las tareas que le asignen el Congreso o la Mesa Representativa Federal. • Nominar y reglamentar el funcionamiento de las Comisiones.
• Someter a consideración de la MRF y del Congreso el Balance y Memoria del período.
• Aprobar los planes de trabajo de las Comisiones.
• Organizar y administrar los bienes de la Institución.
• Tendrá carácter resolutivo sólo en los casos de emergencia, cuando no medien plazos de consulta y cuando no involucre la orientación de la política sindical.
• La resolución deberá contar con 10 votos conformes del Secretariado Ejecutivo nacional. La próxima MRF ratificará o rectificará la resolución.
• Nombrar o destituir los empleados.
• Asumirá la Representación de la Federación ante organismos nacionales e internacionales. • Convocar a las MRF ordinarias y extraordinarias de acuerdo al Art.16.
• Proyectar el presupuesto anual de la Federación
Para sesionar el Secretariado Ejecutivo Nacional requerirá un quórum mínimo de 9 miembros. DE LOS SECRETARIOS
Compete al Secretario General:
• Representar a la Institución
• Presidir las sesiones del SEN y de la MRF
El Secretariado Ejecutivo distribuirá los cargos en las Secretarías que crea conveniente designándose por resultado electoral únicamente la Secretaría General, que será quien encabece la lista lectiva más votada. La primera reunión del S.E. electo definirá sus secretarías y los criterios para su adjudicación.
• Cada filial que goce de todos sus derechos a los efectos de su participación en MRF y Congreso y de acuerdo a lo establecido en este estatuto, tiene derecho en estos órganos a un determinado número de delegados a los que se denomina habilitados.
• Las filiales y los socios de las mismas que no gocen de plenos derechos, no incidirán para determinar los diferentes quorum. Se entienden por filiales que no gocen de plenos derechos, a las que se les suspendieron temporalmente los mismos de acuerdo a lo establecido en el numeral 3b literal e del presente artículo 30, y al numeral 4 del mismo.
Asimismo no gozarán de plenos derechos , los miembros que participen en el Congreso y no sean delegados (Art.7), y los que participen como mero observadores (Art.9), los cuales tendrán voz pero no voto.
• Serán pasibles de sanciones por las siguientes transgresiones: Transgresión de los principios de FUM-TEP como:
• Declaraciones públicas o medidas contrarias a las tomadas por organismos de la Federación. • Incumplimiento de aporte financiero a la Federación en más de 2 meses.
• Las filiales podrán ser sancionadas de acuerdo al criterio que tome la MRF. Estas sanciones deberán ser decididas con un porcentaje mínimo de 2/3 de filiales y delegados presentes.
• Será privativo del Congreso la desafiliación.
• Las sanciones que puedan ser tomadas por la MRFO son:
• Exhortación
• Amonestación
• Censura
• Exigencia de rectificación de conducta
• Suspensión temporal de derechos
• Filial que esté más de dos meses atrasada (aporte financiero) pierde su voto en la MRF hasta que regularice su situación. La filial podrá alegar razones y fundamentos a tales atrasos, y por la decisión de los 3/5 de los delegados presentes, se les podrá autorizar el voto si consideran justos los fundamentos expuestos.
• En los casos de suspensión temporal de derechos por sanciones impuestas por la MRF y en los casos de desafiliaciones resueltas por el Congreso, antes de dictarse resolución final al respecto, se deberá dar vista a las asociaciones involucradas mediante telegrama colacionado u otro medio auténtico y fehaciente, disponiendo las entidades de un plazo de 30 días a partir de dicha notificación para hacer los descargos correspondientes a fin de ejercer su derecho de defensa, mediante escrito fundado dirigido a la autoridad que dispuso la medida, la cual deberá expedirse dentro de los 15 días hábiles siguientes.
Podrán surgir encuentros de filiales como necesidad natural de las mismas, como ámbito de coordinación deliberación e instrumentación. Estas actividades serán previamente comunicadas al S.E. incluyendo el temario. La obligación de comunicación al S.E. no incluye encuentros de filiales dentro del mismo departamento.
Los fondos sociales se integrarán con la contribución de las asociaciones afiliadas mediante cuota por socio que fijará la MRF, más las donaciones, legados y herencias y cualquier aporte ordinario y extraordinario que realicen los socios, las filiales, el Estado o los particulares.
Las asociaciones que se desafilarán perderán todo derecho a los fondos sociales. La desafiliación no significa que se condonen las contribuciones adeudadas.
• La Asociación proponente deberá elevar su proposición fundada a la MRF por intermedio del SEN, previo repartido a las demás asociaciones.
• El Congreso se expedirá por mayoría absoluta de presentes.
• La iniciativa sobre reforma de estatutos corresponde tanto a las asociaciones afiliadas como al SEN.
• El SEN notificará a las filiales no presentes en la sesión de convocatoriaal Congreso Extraordinario por telegrama colacionado u otro medio fehaciente
En los casos no previstos en el estatuto, la MRF informará al Congreso que se expedirá por mayoría.
La disolución de la FUM-TEP solo podrá decretarla el Congreso con asistencia de los 2/3 de congresales y por mayoría absoluta.
El haber social resultante de la disolución y liquidación de los fondos sociales y bienes de la Institución, una vez descontados los gastos de liquidación y canceladas las obligaciones pendientes con terceros, se destinará exclusivamente a la Escuela Pública, resolviendo el Congreso por mayoría absoluta, su distribución.
Los profesionales (docentes) de Enseñanza Primaria que desempeñen funcionen especiales en la misma, formarán parte de las Asociaciones de maestros de sus respectivas filiales departamentales.
Se integrará con cinco miembros electos en la misma forma que el SEN (Art.22).
Los miembros de la Comisión Fiscal, no podrán simultáneamente integrar el SEN y la Comisión Fiscal.
Funciones de la Comisión Fiscal.
• Fiscalizar la administración financiera de la FUM-TEP pudiendo para cumplir su cometido, revisar la contabilidad de todos los organismos de la misma y/o pedir informes cuando lo considere necesario.
• Asumirá la representación de la FUM-TEP cuando se pronunciare la disolución de la misma en las operaciones de liquidación.
Se integrará con cinco miembros electos en la misma forma que el SEN (Art.22).
Los miembros de la Comisión Electoral no podrán simultáneamente integrar el SEN y la Comisión Electoral.
Funciones de la Comisión Electoral
Corresponde a la Comisión Electoral todo lo relacionado al acto eleccionario así como la realización del escrutinio y determinación de sus resultados y de los candidatos electos.
De las Elecciones- El acto eleccionario para miembros del Secretariado Ejecutivo Nacional, Comisión Fiscal y Comisión Electoral, se efectuará cada tres años, dentro de los treinta días siguientes a la sesión ordinaria correspondiente de la MRF.
El voto será secreto y se emitirá a través de listas que deberán ser registradas ante la Comisión Electoral con una anticipación mínima de diez días a la fecha de la elección.
Deberán formularse por listas separadas por orden docente y no docente, con inclusión de los candidatos más sus respectivos suplentes los cuales se regirán por el sistema preferencial de suplentes.
Los cargos serán distribuidos por el sistema de representación proporcional en cada orden.
Para proclamar los candidatos triunfantes y darles posesión de sus cargos se integrarán en comisión general, la Comisión Electoral y los miembros salientes de los órganos electivos.
Todos los cargos de los órganos electivos de la entidad, tendrán el carácter de honorarios, y es incompatible la calidad de integrante de dichos órganos, con la de empleado o dependiente de la federación por cualquier concepto.
El Camping del Magisterio es una obra social producto de años de esfuerzo humano y económico de maestros y funcionarios afiliados a FUM-TEP.
Su aprovechamiento cuidadoso, el mantenimiento y el mejoramiento del Camping y la convivencia respetuosa y solidaria son derechos y obligaciones de todos.
La observación rigurosa del presente Reglamento es un deber de los usuarios.
1- El Camping del Magisterio es para uso de los afiliados a las Asociaciones de FUM-TEP con sus familias.
2- RESERVAS: Los residentes en Montevideo harán la comunicación personalmente en Casa del Maestro ( Maldonado 1170 ) y los residentes en el interior por teléfono en Secretaría de FUM-TEP ( 2901 3987 ) de 17:00 a 20:00 horas. En Temporada Alta se adjudicarán por el sistema que la Secretaría de Servicios resuelva.
3- Previo al ingreso al Camping del Magisterio, el usuario deberá registrarse ante la Administración del mismo, exhibir documento de identidad de todos los ocupantes y presentar el AVAL DE LA FILIAL O DE FUM-TEP ( si es para Camping o para Dormitorio ) que acredite la condición de asociado al Sindicato local o departamental.
4- La estadía en el Camping debe abonarse PREVIO DEL INGRESO al mismo. Si se produce alguna modificación se rectificará con el encargado cada día que sea necesario o en el momento del retiro del Camping.
5- El ingreso al Camping se realiza entre las 08:00 y las 20:00 horas. En el caso de los dormitorios el ingreso se realiza a las 11:00 horas, pudiendo retirarse a las 09:00 horas del día siguiente a la última noche de estadía.
6- El uso de los BAÑOS y PILETAS debe hacerse con el debido cuidado y economía de AGUA, especialmente de agua caliente. Economía de agua no significa dejar los baños en malas condiciones de higiene. Del buen uso de los mismos se benefician todos los acampantes.
7- Los horarios de 7:00 a 8:00 y de 17:00 a 18:00 horas están afectados a la LIMPIEZA de baños.
8- Todo desperfecto, rotura o inconveniente debe ser comunicado al Encargado del Camping. Cada usuario asumirá los costos de las reparaciones o reposiciones, por pérdidas, roturas o desperfectos producidos durante la estadía, según lo que la Administración del Camping entienda que corresponde.
9- Previamente al retiro, cada núcleo lo comunicará a la Administración del Camping para que se le dé la baja del mismo.
10- No está permitido el ingreso de acampantes acompañados por mascotas
(perros, gatos, etc.).
11- Una vez desocupados, tanto el predio para carpas como los dormitorios, deben quedar en perfecto estado de higiene (retirar residuos, limpiar parrillero, etc. ). Para los residuos existen recipientes en la entrada del Camping.
12- Aquellas personas no afiliadas a ninguna Asociación de FUM-TEP, desde ahora PARTICULARES, podrán hacer uso del Camping siempre que haya disponibilidad de lugares en el momento solicitado, de manera tal que no quede fuera ningún socio. Los particulares deberán abonar un costo de estadía correspondiente al doble del costo de los socios.
13- Cuando la permanencia en el Camping de visitas es de 2 horas o más, deben abonar la tarifa diaria (ya sea en carpa o en dormitorio).
14- El teléfono es de uso de la Administración. En caso de necesitar realizarse una llamada y no funcione el teléfono público, debe solicitarse la autorización al Encargado del Camping y abonar la tarifa correspondiente.
15- Es imprescindible que se respeten los horarios de descanso, evitando ruidos que perjudiquen la tranquilidad y el reposo. Se explicita que no se puede exceder de las 00:00 horas para la realización de guitarreadas, escuchar música con volumen alto, etc.
16- El uso de los espacios comunes debe realizarse con el cuidado y el respeto indispensable por el medio y las personas que allí conviven.
17- La Administración del Camping se reserva el derecho de comunicar a la Secretaría de Servicios de FUM-TEP el incumplimiento del presente reglamento por parte de los usuarios, para que se tomen las medidas que se consideren pertinentes, en acuerdo con el Encargado del Camping.
I- CAMPING
A- Quien desee acampar debe comunicarlo a la Secretaría Administrativa de FUM-TEP con un mínimo de 48 horas de antelación, precisando:
B- El ingreso al Camping se cumplirá de 08:00 a 20:00 horas. Previo a la instalación de la carpa se deberá hacer el registro
en la Administración del Camping.
COSTO DIARIO
C- El costo diario por persona es de $ 250.
Los grupos que permanezcan en el Camping más de 1 semana tendrán una bonificación escalonada.
D- Los fogones deben hacerse tomando las máximas precauciones y en los lugares destinados con ese fin. Siempre atendiendo las indicaciones del Encargado del Camping.
E- Quien desee hacer uso de energía eléctrica deberá ir munido de
un alargue de por lo menos 20 metros. Su uso deberá restringirse a iluminación, radio y televisión. Por razones de sobrecarga y seguridad en las líneas no está permitido el uso de reflectores y/o lámparas superiores a 100 w, así como tampoco otros electrodomésticos como hornos, heladeras, etc.
F- La ubicación de las carpas en el predio queda a criterio de cada
usuario. Sin embargo y por razones de seguridad, se recomienda instalarse a no más de 100 metros de la Oficina de
Administración.
G- El predio una vez desocupado deberá quedar en perfecto estado de higiene.
H- Los acampantes que concurran los fines de semana y deseen
dejar la carpa armada hasta el fin de semana siguiente, debe-
rán abonar el costo de una persona ( Núcleo 1 ) por cada día
que permanezca la carpa vacía.
II- DORMITORIOS
A- Quien desee alojarse en los dormitorios debe:
B- La estadía es semanal, ingresando a las 11:00 hs del primer día y debiendo retirarse a las 20:00 hs del último día de la estadía, pudiendo hacer la salida a las 09:00 hs del día siguiente.
C- En caso de alojarse más de 3 personas (en los de tres), más de 4 personas (en los de cuatro), más de 5 personas (en los de cinco) o más de 6 (en los de seis) deberá abonarse el costo diario de acampante por persona extra.
D- Las piletas que hay en el exterior de cada dormitorio es únicamente para lavado de vajilla. Cuando sea indispensable el lavado de ropa deberá hacerse en las piletas especialmente puestas con ese fin en el frente de la batería de baños.
III – SALÓN DE USOS MÚLTIPLES ( S.U.M. )
Puede usarse en el horario entre las 09:30 y las 00:30 horas, requiriéndose indefectiblemente la supervisión responsable de un adulto, a los efectos de salvaguardar instalaciones y mobiliario.
Al retirarse deberá dejar el lugar en buenas condiciones de higiene.
En caso de rotura de algún juego, mobiliario o parte de las instalaciones del S.U.M. se deberá abonar la reparación de la misma o sustitución de lo roto por el socio responsable de la rotura. En caso de haberlo producido un menor, la rotura deberá abonarla el socio responsable de ese menor.
SECRETARÍA DE SERVICIOS DE FUM-TEP